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¿El seguro de salud complementario es adecuado para mí?
Las pólizas de seguro complementario pueden ayudar a las personas a pagar gastos inesperados que el seguro de salud principal podría no cubrir. Accede a más información a continuación.
¿Qué es el seguro complementario?
El seguro complementario es una cobertura que puedes comprar además de tu plan de salud principal. Estas pólizas pueden ayudar a brindarte cobertura para ciertos tipos de enfermedades, accidentes y lesiones, así como seguro de vida.
Las pólizas de salud complementarias son diferentes a los planes de salud tradicionales. Esto se debe a que pueden ayudar a cubrir costos que tu plan de salud podría no incluir. Algunas compañías de seguros también pueden tratar a los planes dentales y de la visión como complementarios.
¿Cuáles son los beneficios de comprar un seguro complementario?
Para muchos, la cobertura de salud complementaria puede ser una manera asequible de ayudar con los costos de desembolso. Estas son algunas de las ventajas de los planes de seguro de salud complementarios:
- Suelen tener primas mensuales asequibles.
- Pueden ofrecerte asistencia financiera si experimentas situaciones médicas inesperadas.
- En muchos casos, puedes utilizar los beneficios en efectivo para lo que deseas (por ejemplo, para pagar costos médicos o gastos domésticos, o incluso para el cuidado de mascotas y niños).
- Puedes conservar algunas pólizas todo el tiempo que quieras, pero no todas tienen renovación garantizada de por vida.*
- Puedes comprar las pólizas en cualquier momento del año. No es necesario que esperes al período de inscripción abierta, como lo harías con un plan de salud tradicional.
- Puedes comprarlas por tu cuenta o adquirirlas a través de un empleador, siempre que este las ofrezca. Un empleador podría ofrecerlas como pólizas “voluntarias” u “opcionales”.
- ¿Necesitas más de una póliza para satisfacer tus necesidades? Puedes comprar cada póliza por separado. También puedes preguntarle a tu aseguradora si es posible añadir una “cláusula adicional” a una póliza a cambio de un costo de prima adicional.
¿Buscas un seguro complementario?
¿Qué cubren las pólizas de seguro de salud complementarias?
El seguro de salud complementario puede incluirse en diferentes planes. Estos planes ofrecen cobertura y asistencia financiera para tipos específicos de situaciones de salud. Observa algunos ejemplos que muestran lo que los planes de seguro complementario pueden cubrir:
Accidentes y lesiones
Una cobertura por lesiones accidentales podría ofrecerte beneficios en efectivo si te lastimas o lesionas. No todos los accidentes están cubiertos y algunas situaciones de alto riesgo podrían estar excluidas. Normalmente, los términos de la póliza detallan las lesiones que cubre tu póliza, por lo que debes leer atentamente los detalles del plan.
Enfermedades críticas
Las pólizas complementarias pueden ofrecer cobertura para diferentes enfermedades críticas. Además, podría haber pólizas separadas para ciertos tipos de enfermedades, como seguro contra el cáncer o seguro por ataque cardíaco y derrame cerebral. Estas pólizas ofrecen beneficios financieros que ayudan a cubrir gastos médicos y/o domésticos, en caso de que lo necesites. Asegúrate de leer tu póliza para determinar qué enfermedades críticas están cubiertas.
Hospitalización
Pasar cualquier cantidad de tiempo hospitalizado puede ser costoso de por sí, y podría haber costos adicionales que tengas que pagar. Estos pueden incluir el cuidado de seguimiento, terapia física, pérdida de salarios, el alquiler o la hipoteca, los servicios públicos y más. El seguro hospitalario podría pagarte un beneficio en efectivo para ayudar a cubrir gastos médicos y/o domésticos no cubiertos por tu plan de salud.
Seguro de vida
Tener una póliza de seguro de vida tiene sentido si lo que buscas es una forma de proteger a tus seres queridos en caso de que ya no estés. Es posible que haya muchos tipos diferentes de pólizas de seguro de vida disponibles para ti, por lo que debes considerar cuidadosamente cuál es adecuada para ti y tus seres queridos.
Cobertura dental y de visión
Algunas aseguradoras clasifican a la cobertura dental y de visión como cobertura complementaria. La cobertura dental puede incluirse en muchos tipos de planes diferentes. Es posible que cuentes con opciones para obtener una cobertura de seguro dental que enfatice el cuidado preventivo o de rutina. Por otra parte, podrías encontrar planes que cubran aparatos ortodóncicos y más tipos de procedimientos dentales importantes. El seguro de visión podría brindarte cobertura para exámenes de la vista preventivos, así como cierta cobertura para anteojos y lentes de contacto.
¿Quién compra cobertura de seguro complementario y por qué?
Una cobertura de seguro adicional podría ser adecuada para ti si:
- Tienes antecedentes familiares de ciertos tipos de enfermedades, como cáncer, enfermedad cardíaca, derrame cerebral, etc.
- Quieres protección financiera adicional en caso de accidentes o lesiones inesperadas.
¿Cuándo puedo comprar un seguro de salud complementario?
Puedes comprar una póliza de seguro complementario en cualquier momento. A diferencia de los planes de seguro de salud tradicionales, no hay un período de inscripción formal. Puedes comprar una póliza a través de una aseguradora de salud durante todo el año. Consulta los términos de las pólizas para entender qué está o no está cubierto. Por ejemplo, para comprar una póliza, podría existir un requisito de que tengas al menos 18 años de edad. El seguro de vida y el seguro hospitalario también podrían tener límites de edad.
¿Cuánto cuesta el seguro complementario?
Como los planes de salud complementarios cubren situaciones de salud muy específicas, el costo por mes de estas pólizas suele ser mucho más bajo que el de un plan de salud tradicional. Se los considera cobertura de seguro “adicional”. El costo de los planes complementarios puede variar según el tipo de póliza.
¿Vale la pena obtener un seguro complementario?
Para saber si vale la pena obtener un seguro de salud complementario, evalúa tus necesidades de salud y estilo de vida. Puedes hacerte estas preguntas:
- ¿Tengo una enfermedad crónica que podría requerir hospitalización?
- ¿Estoy en riesgo de tener accidentes y lesiones? (Considerar tu estilo de vida y tus actividades recreativas podría ayudarte a determinar si necesitas cobertura adicional por accidentes o lesiones).
- ¿Tengo antecedentes familiares de una enfermedad, como cáncer o derrame cerebral? (De ser así, ¿qué sucedería si te diagnosticaran una enfermedad crítica? ¿Te resultaría útil contar con la conveniencia de una póliza para enfermedad crítica?)
- Si muriera, ¿mis seres queridos tendrían que hacerse cargo de mis finanzas? (De ser así, ¿considerarías comprar un plan de seguro de vida?)
Si estás pensando comprar una cobertura de seguro complementario, debes asegurarte de leer los detalles de cualquier póliza que estés considerando. El seguro contra el cáncer podría cubrir ciertos tipos de cáncer o de tratamiento, y podría tener limitaciones que necesitas comprender.
Evalúa tus antecedentes de salud y las necesidades de tu familia. Además, lee todos los detalles del plan y de la póliza para asegurarte de recibir la protección financiera que podrías necesitar.
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* No se podrá cancelar la póliza siempre y cuando pagues la prima a su vencimiento. Sujeto al derecho de la compañía de aumentar las primas según la clase.
Esta información es solo para fines educativos. No constituye asesoramiento médico. Consulta siempre a tu médico para recibir los exámenes, tratamientos, pruebas y recomendaciones de cuidado apropiados. Cualquier contenido de terceros es responsabilidad de dicho tercero. Cigna HealthcareSM no respalda ni garantiza la exactitud de ningún contenido de terceros y no es responsable por dicho contenido. El acceso y uso de este contenido es bajo tu propio riesgo.
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1 Beneficios complementarios de Cigna Healthcare asegurados por Loyal American Life Insurance Company.
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Divulgaciones, exclusiones, limitaciones y reducciones estatales de Arizona
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PARA TODAS LAS PÓLIZAS Y CLÁUSULAS ADICIONALES APLICABLES:
CONDICIONES PREEXISTENTES: condiciones diagnosticadas o para las cuales se recomendó asesoramiento o tratamiento médico, o bien un médico proporcionó asesoramiento o tratamiento en el plazo de los seis meses previos a la fecha de inicio de la póliza o cláusula adicional. Los beneficios de la póliza y cualquier cláusula adicional no se pagarán durante los primeros 12 meses de vigencia de la cobertura en relación con una persona asegurada por cualquier pérdida que surja a partir de condiciones preexistentes. Este período de 12 meses se calcula desde la fecha de inicio de la póliza y las cláusulas adicionales para cada persona asegurada. (Las condiciones preexistentes no se aplican a la Cláusula adicional de beneficio por lesión accidental catastrófica, Cláusula adicional de beneficio en efectivo por lesión accidental vehicular, Cláusula adicional de beneficio para padres, Cláusula adicional de beneficio por rechazo de deducible, Póliza de seguro de vida completa individual, Cláusula adicional de beneficio acelerado por enfermedad terminal y Cláusula adicional de beneficio por muerte accidental hasta los 100 años).
PÓLIZA/CLÁUSULA ADICIONAL DE PAGO ÚNICO CONTRA EL CÁNCER Y CLÁUSULA ADICIONAL DE BENEFICIO POR RECURRENCIA DEL CÁNCER
Si recibes un diagnóstico dentro de los primeros 30 días posteriores a la fecha de inicio de la póliza y/o la cláusula adicional, el monto de beneficio que se pagará se reducirá al 10% del monto de beneficio seleccionado, y se cancelará tu cobertura. (no se aplica a la Cláusula adicional de beneficio por recurrencia del cáncer).
Además de las condiciones, limitaciones o exclusiones específicas de cualquier beneficio, no se pagarán beneficios conforme a esta póliza y cláusula adicional por lo siguiente:
- Cualquier patología, enfermedad o incapacidad que no sea cáncer según lo definido; esto se aplica incluso a pesar de que dicha patología, enfermedad o incapacidad pueda haberse complicado, haber sido afectada (directa o indirectamente) o causada por el cáncer.
- Pérdida que comienza antes de la fecha de inicio de la póliza y/o cláusula adicional.
- Diagnóstico recibido fuera de los Estados Unidos o sus territorios, a menos que se especifique lo contrario en esta póliza y/o cláusula adicional.
- Cualquier enfermedad específicamente excluida de la definición de cáncer o carcinoma in situ.
PÓLIZA/CLÁUSULA ADICIONAL DE PAGO ÚNICO PARA ATAQUES CARDÍACOS Y DERRAMES CEREBRALES Y CLÁUSULA ADICIONAL DE BENEFICIO PARA REHABILITACIÓN DE ATAQUES CARDÍACOS Y DERRAMES CEREBRALES
Si recibes un diagnóstico de dos o más eventos calificados en el mismo día o tienes dos o más tratamientos quirúrgicos al mismo tiempo (a través de una misma incisión o punto de ingreso se considera una única operación), pagaremos solo un monto de beneficio para el diagnóstico y un monto de beneficio para el tratamiento quirúrgico, el mayor de los beneficios del evento calificado.
Además de las condiciones, limitaciones o exclusiones específicas de cualquier beneficio, no se pagarán beneficios conforme a esta póliza y cláusula adicional por lo siguiente:
- Cualquier patología, enfermedad o incapacidad que no sean Eventos calificados según lo definido; esto se aplica incluso a pesar de que dicha patología, enfermedad o incapacidad pueda haberse complicado, haber sido afectada (directa o indirectamente) o causada por un Evento calificado.
- Pérdida que comienza antes de la fecha de inicio de la póliza y/o cláusula adicional.
- Diagnóstico recibido fuera de los Estados Unidos o sus territorios, a menos que se especifique lo contrario en esta póliza y/o cláusula adicional.
- Lesión autoinfligida intencionalmente, suicidio o cualquier intento en plenas facultades mentales o no.
- Autoadministración voluntaria de cualquier narcótico, droga, veneno, gas o vapor, a menos que sean recetados o tomados bajo las indicaciones de un médico y de conformidad con la dosis recetada.
- Cualquier enfermedad específicamente excluida de la definición de Evento calificado mencionada en esta póliza y/o cláusula adicional.
PÓLIZA DE TRATAMIENTO DE CÁNCER
En adición a las condiciones, limitaciones o exclusiones específicas a cualquier beneficio, no se pagarán beneficios conforme a esta póliza por lo siguiente:
- Cualquier patología, enfermedad o incapacidad que no sea cáncer según lo definido; esto se aplica incluso a pesar de que dicha patología, enfermedad o incapacidad pueda haberse complicado, haber sido afectada (directa o indirectamente) o causada por el cáncer.
- Pérdida que comienza antes de la caducidad del Período de espera.
- Diagnóstico recibido fuera de los Estados Unidos o sus territorios, a menos que se especifique lo contrario en esta póliza.
- Cualquier enfermedad específicamente excluida de la definición de cáncer o carcinoma in situ.
PERÍODO DE ESPERA: Si recibes un diagnóstico de cáncer dentro de los primeros 30 días posteriores a la fecha de inicio de la Póliza de tratamiento de cáncer, no se pagarán beneficios hasta que dicho período de espera haya terminado.
CLÁUSULA ADICIONAL DE BENEFICIOS DE INDEMNIDAD PARA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS Y HOSPITALARIOS Y CLÁUSULA ADICIONAL DE BENEFICIOS DE INDEMNIDAD PARA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS
Solo se pagarán beneficios para los primeros 30 días por cualquier período único de hospitalización.
Después de que cumplas 65 años, la cobertura se reducirá al 50%.
Estas Cláusulas adicionales están sujetas a las siguientes Exclusiones y limitaciones, además de las descritas en la póliza.
En adición a las condiciones, limitaciones o exclusiones específicas a cualquier beneficio, no se pagarán beneficios conforme a estas Cláusulas adicionales por hospitalización o pérdida como causa directa o indirecta de lo siguiente:
- Suicidio (en plenas facultades mentales o no), intento de suicidio o lesión autoinfligida intencionalmente.
- Guerra o acto de guerra (declarada o no declarada).
- Comisión o intento de cometer una actividad ilegal o un delito.
- Comisión o participación activa en un disturbio, sublevación, rebelión o acción policial.
- Autoadministración voluntaria de cualquier narcótico, droga, veneno, gas o vapor, a menos que sean recetados o tomados bajo las indicaciones de un médico y de conformidad con la dosis recetada.
- Operar cualquier tipo de vehículo bajo la influencia de los efectos del alcohol o cualquier droga, narcóticos u otros estupefacientes. “Bajo la influencia de los efectos del alcohol”, para efectos de esta exclusión, significa intoxicado, según lo definido por las leyes del estado donde ocurrió la lesión.
- Trastornos mentales o emocionales, alcoholismo y adicción a las drogas.
- Tratamiento fuera de los Estados Unidos, excepto en el caso de atención de emergencia para la aparición aguda de enfermedad o lesión accidental experimentada durante un viaje de negocios o placer.
- Viajes o actividades fuera de los Estados Unidos.
- Participación en cualquier carrera motorizada o competencia de velocidad en mar, tierra o aire.
- Viajar dentro o en cualquier vehículo motorizado todoterreno que no requiere licencia de vehículo motorizado.
- Participación en cualquier actividad de alto riesgo, como bungee jumping, paracaidismo, salto en caída libre, paravelismo, ala delta, buceo de aguas profundas, parkour, free running, sail gliding, parakiting o cualquier actividad similar.
- Volar, abordar o descender de una aeronave o cualquier embarcación diseñada para volar por encima de la superficie terrestre, excepto como pasajero pago de una línea aérea comercial o de vuelos chárter programados de manera regular.
- Practicar para o participar en cualquier competencia de atletismo competitivo semiprofesional o profesional por el cual dicha Persona asegurada reciba cualquier compensación o remuneración.
- Operar un vehículo motorizado sin la licencia válida para operadores de vehículos motorizados, excepto durante la participación en un programa de educación para conductores.
- Las siguientes condiciones, si son diagnosticadas dentro de los seis (6) meses posteriores a la Fecha de inicio de la Cláusula adicional, a menos que la hospitalización se deba a una emergencia: hernia, adenoides, amígdalas, venas varicosas, hemorroides, trastorno de los órganos reproductivos o esterilización electiva.
- Embarazo de rutina; no obstante, las complicaciones del embarazo se considerarán iguales que cualquier otra enfermedad.
- Un aborto electivo.
- Tratamiento dental de los dientes, las encías o estructuras que directamente soportan los dientes, incluidas radiografías dentales, exámenes, reparaciones, ortodoncia, periodoncia, moldes, férulas y servicios para la maloclusión dental, por cualquier condición, no están cubiertos; excepto si se proporciona para o en relación con una lesión en dientes naturales sanos y se inicia un curso continuo de tratamiento dental dentro de los seis (6) meses de la lesión. Los dientes naturales sanos se definen como dientes sin caries clínicas activas con un apoyo óseo del 50% como mínimo y funcionales en el arco.
- Cuidados estéticos, excepto cuando la Hospitalización se debe a cirugía plástica reconstructiva médicamente necesaria. La cirugía reconstructiva médicamente necesaria se define de la siguiente manera:
- cirugía como consecuencia de una lesión;
- cirugía para restaurar una función corporal normal;
- cirugía para mejorar el deterioro en el funcionamiento por alteración anatómica necesaria como consecuencia de una anomalía congénita; o
- reconstrucción del seno después de una mastectomía.
Además, no se pagarán beneficios de conformidad con estas Cláusulas adicionales por lo siguiente:
- Pérdida que comienza antes de la Fecha de inicio de la cláusula adicional.
- Tratamiento por el cual el proveedor no aplica cargos.
- Servicios destinados principalmente a cuidados de reposo, cuidados de convalecencia o para rehabilitación.
- Cualquier lesión o enfermedad pagada conforme a cualquier Seguro de Compensación Laboral federal o estatal, Ley de Responsabilidad del Empleador u otras leyes similares.
Cláusula adicional de beneficio por lesión accidental catastrófica
En adición a las exclusiones y limitaciones de la póliza, no se pagarán beneficios por lo siguiente:
- Una Pérdida cubierta que no se experimenta durante el Período de espera de accidentes catastróficos, tal como se muestra en la página del cronograma de la póliza. Cláusula adicional de beneficio en efectivo por lesión accidental vehicular En adición a las exclusiones y limitaciones de la póliza, no se pagarán beneficios por lo siguiente:
Cláusula adicional de beneficio en efectivo por lesión accidental vehicular
En adición a las exclusiones y limitaciones de la póliza, no se pagarán beneficios por lo siguiente:
- Si la Persona asegurada era el conductor, operador o pasajero, y no utilizaba un casco, según lo requerido por las leyes del estado en el que sucedió el Accidente vehicular cubierto.
- Si la Persona asegurada era el conductor, operador o pasajero, y no utilizaba el cinturón de seguridad, según lo requerido por las leyes del estado en el que sucedió el Accidente vehicular cubierto.
- Para un Accidente vehicular cubierto que ocurre durante el Período de espera del Beneficio en efectivo por lesión accidental vehicular, tal como se muestra en la página del cronograma de la póliza.
- Para no más de un Monto de beneficio en efectivo por lesión accidental vehicular, se pagará por el tiempo de vida de cada Persona asegurada.
Cláusula adicional de beneficio para padres y Cláusula adicional de beneficio por rechazo de deducible
Las exclusiones y limitaciones que se aplican a estas cláusulas adicionales son las mismas que las exclusiones y limitaciones de la póliza.
PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA COMPLETA INDIVIDUAL
Suicidio
Si el asegurado fallece a causa de suicidio, en plenas facultades mentales o no, durante el período de dos años a partir de la fecha de inicio de la póliza, nuestra responsabilidad conforme a esta póliza se limita a las primas pagadas.
Indisputabilidad
Excepto en el caso de la ausencia de pago de las primas o por fraude, si se permite en el estado en el que se entrega o emite la póliza, esta póliza será indisputable después de haber estado en vigor durante dos años a partir de la fecha de inicio de la póliza. Esta disposición no se aplica a las cláusulas adicionales que incluyen su propia cláusula de indisputabilidad.
Cláusula adicional de beneficio acelerado por enfermedad terminal
Si el asegurado fallece después de presentar un reclamo por un Beneficio acelerado por enfermedad terminal, pero antes de recibir estos beneficios, la solicitud se cancelará y se pagará el Beneficio por muerte de conformidad con la póliza. No pagaremos un monto de beneficio por cualquier condición cuyo diagnóstico no sea Enfermedad terminal. El diagnóstico de una Enfermedad terminal debe ser confirmado por un médico que ejerza dentro de los Estados Unidos o sus territorios.
Cláusula adicional de beneficio por muerte accidental hasta los 100 años
No se pagará ningún Beneficio por muerte accidental si la muerte del asegurado se produce dentro de los 180 días, directa o indirectamente, por cualquiera de estas causas:
- Suicidio: en plenas facultades mentales o no del asegurado.
- Guerra: declarada o no, o cualquier acto de guerra. Por guerra se entiende un conflicto armado entre países, o entre facciones del mismo país.
- Servicio militar: en las fuerzas armadas de cualquier país en guerra o en cualquier unidad civil no combatiente que esté sirviendo con esas fuerzas armadas.
- Causas naturales: enfermedad corporal o mental, enfermedad o afección de cualquier tipo, o tratamiento médico o quirúrgico para cualquiera de estas condiciones.
- Muerte ocasionada o facilitada materialmente por la ingesta o uso voluntario por cualquier medio de una droga cualquiera, a menos que haya sido recetada o administrada por un médico y tomada de conformidad con las indicaciones del médico.
- Competencia de velocidad: lesión fatal que se experimenta como resultado de la participación en cualquier competencia de velocidad.
- Alcohol en sangre: muerte que se produce mientras el asegurado opera un vehículo motorizado y donde se determina que el nivel de alcohol en sangre excede el límite legal definido por las leyes estatales.
- Delito: lesión recibida mientras se comete un delito o mientras se está encarcelado.
- Participación en un disturbio, conmoción civil, actividad terrorista o levantamiento contra una autoridad civil o gubernamental.
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Los planes individuales y familiares de seguro médico y dental están asegurados por Cigna Health and Life Insurance Company (CHLIC), Cigna HealthCare of Arizona, Inc., Cigna HealthCare of Illinois, Inc., Cigna HealthCare of Georgia, Inc., Cigna HealthCare of North Carolina, Inc., Cigna HealthCare of South Carolina, Inc. y Cigna HealthCare of Texas, Inc. Los planes de beneficios de salud y de seguro de salud de grupo están asegurados o administrados por CHLIC, Connecticut General Life Insurance Company (CGLIC) o sus afiliadas (puedes ver un listado de las entidades legales que aseguran o administran HMO para grupos, HMO dentales y otros productos o servicios en tu estado). Los planes o las pólizas de seguro por lesiones accidentales, enfermedades críticas y cuidado hospitalario son distribuidos exclusivamente por o a través de subsidiarias operativas de The Cigna Group Corporation, son administrados por Cigna Health and Life Insurance Company y están asegurados por (i) Cigna Health and Life Insurance Company (Bloomfield, CT). El nombre Cigna Healthcare, el logotipo y otras marcas de Cigna Healthcare son propiedad de The Cigna Group Intellectual Property, Inc.
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